En los dos siguientes artículos intentaremos aclarar dos cuestiones de la Ley Orgánica 5/1985 de 19 de junio del Régimen Electoral General, que de alguna manera se relacionan con las matemáticas.
A.- ¿ Cuántos diputados se eligen por circunscripción? ¿ Cómo se asigna el número de diputados por cada provincia?
B.- Dentro de una circunscripción, una vez hecho el recuento de votos, ¿cuántos diputados se asignan a cada partido? ¿ Qué método se utiliza para hacer dicha asignación?
( Todo ello viene recogido en los artículos 162 y 163 de la Ley Orgánica citada anteriormente).
TRES OBSERVACIONES:
1.- Primero tener claro que cada provincia constituye una circunscripción, además Ceuta y Melilla, cada una de ellas, también constituyen una circunscripción electoral, escribiremos a partir de ahora indistintamente circunscripción o provincia.
2.- Los datos que figuran en estos artículos están obtenidos de la página web del Ministerio del Interior (elecciones 2004) y del INE ( Instituto Nacional de Estadística)
3.- Vamos a elegir Tarragona como ejemplo por dos razones:
a) Tiene asignados 6 diputados, ni muchos ni pocos, lo que nos permite hacer una tabla de 6 columnas y con una medida óptima para que se vea muy bien ( pues, más columnas quedarían más estrechas y se vería peor)
b) Se le asignan diputados por cuatro partidos y se comprende mejor la forma de asignación del apartado B, ( si hubiese sólo diputados por dos partidos, creemos, se entendería peor).
(Sólo para los que accedan a esta entrada desde el buscador de Google:
Para ver las respuestas a las preguntas A ¿cuántos diputados se eligen por circunscripción?y B ¿cómo se disrtribuyen los diputados entre los partidos? . Entradas publicadas el día 23 de febrero de nuestro blog:
La perspectiva matemática en Sabbioneta
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